Por Boris Branisa, Ph.D. *
El Gobierno boliviano, mediante el Decreto Supremo 1802 de noviembre de 2013, instituyó el segundo aguinaldo denominado “Esfuerzo por Bolivia” para las servidoras y los servidores públicos, trabajadoras y trabajadores del sector público y privado del Estado Plurinacional de Bolivia, que es otorgado en cada gestión fiscal si el crecimiento anual del Producto Interno Bruto (PIB) supera el 4.5%.
¿Cuál es exactamente la tasa relevante para este beneficio? El Decreto establece que se considera la tasa de crecimiento observada del PIB de un periodo de doce meses anteriores a septiembre de cada gestión fiscal; información que deberá ser comunicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en el mes de octubre de cada gestión al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social. Desconozco cómo hace el INE exactamente para realizar el cálculo antes de informar en octubre a los ministerios y supongo que se basa, al menos parcialmente, en estimaciones. Sería útil que tanto la forma exacta de cálculo como la tasa calculada en octubre de cada año estén disponibles en la página web del INE.
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